Datos obligatorios en el Récipe Médico
Para la adquisición de medicamentos que requieren un control en su dispensación, como Psicotrópicos y Antibióticos, los récipes deben indicar los siguientes
datos obligatorios:
1) Logo y/o sello húmedo y dirección del centro hospitalario
2) Nombre y apellido del facultativo tratante
3) Fecha de expedición
4) Denominación del medicamento. En caso de estupefacientes y psicotrópicos, no se puede incluir más de un medicamento
por récipe
5) Cantidad del medicamento sin enmendaduras
6) Nombre, apellidos, cédula de identidad y dirección del paciente y del comprador en caso de no ser el mismo
7) Firma y del facultativo tratante
8) Cédula de identidad y matrícula sanitaria del facultativo tratante
Solicita a tu médico la elaboración de los récipes en línea con las exigencias
que la ley establece
La dispensación de psicotrópicos y estupefacientes se rige por lo establecido en la Ley Orgánica
Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas de fecha 16/12/2005 publicada
en Gaceta Oficial No. 38.337.
La dispensación de antibióticos se rige por lo establecido en la Gaceta Oficial No. 38.438
del 02/01/2006.